RECORDATORIO PARA SEPTIEMBRE
EN SEPTIEMBRE: (DEL 1 AL 7 DE
SEPTIEMBRE).
Las familias que hayan sido admitidas en
el comedor y quieran solicitar la beca de bonificación del comedor escolar tendrán que:
· Traer
relleno El anexo V. Solicitud de
Bonificación de Comedor. (Tendrán que recogerlo en dirección o imprimirlo de la página web del cole o de la Consejería de Educación)
·
Certificado
de empadronamiento. (Se solicita en el Ayuntamiento).
· En
caso de señalar alguna casilla en el punto “4.1” del Anexo V, su correspondiente acreditación
o certificado.
NOTA IMPORTANTE:
A
los efectos de las bonificaciones se entiende por unidad familiar la formada
por una o varias personas que convivan en un mismo domicilio, acreditando dicha
circunstancia mediante el correspondiente certificado de empadronamiento, y se
encuentren relacionadas entre sí:
a)
Por
vínculo de matrimonio o unión de hecho inscrita conforme a la Ley 5/2002, de 16
de diciembre, de Parejas de Hecho.
b)
Por
parentesco de consanguinidad, adopción o afinidad hasta el segundo grado. (Padre
y madre, hijo e hija, hermano y hermano,
abuelo y abuela).
c)
Por
situación derivada de adopción o por el inicio o modificación de otras formas
de protección de menores.
La
relación de parentesco se computará a partir de los usuarios de la persona o personas
solicitantes de las bonificaciones.
La
prestación del comedor será gratuita cuando concurran los siguientes supuestos:
a) El alumno o la
alumna se encuentra en situación de dificultad social extrema o riesgo de
exclusión. (Deberá aportar certificado de los servicios sociales
provinciales).
b) El alumno o la
alumna se encuentra bajo la tutela o guarda de la Administración de la Junta de
Andalucía. (Deberá aportar certificado expedido por la Consejería competente
en materia de protección de menores).
c) El alumno o la
alumna es hijo/a de mujer atendida en centros de acogida para mujeres víctimas
de la violencia de género. (Deberá aportar certificado de la entidad titular
del centro de acogida).
d) Encontrarse en
situación de víctima de terrorismo. (Deberá aportar certificado expedido por
la Consejería competente en materia de víctima de terrorismo).
Todos
los miembros de la unidad familiar mayores de dieciséis años deberán estar
identificados por su DNI o NIE y cumplimentarán la autorización a la Consejería
competente en materia de educación (apartado 4.2 del anexo V) para que ésta
pueda obtener de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, mediante la
transmisión de datos telemáticos, la información relativa a los ingresos
correspondientes de todos los miembros de la unidad familiar obligados a
presentar Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
referida al período impositivo inmediatamente anterior, con plazo de
presentación vencido, a la fecha de solicitud.
En
el supuesto de que algún miembro de la unidad familiar no esté obligado a
presentar declaración por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas,
se requerirá de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, información
relativa a los certificados de retenciones expedidos por el pagador de
cualquier clase de rendimientos en favor de dicho miembro de la unidad
familiar. Una vez constatado que la Agencia Estatal de Administración
Tributaria no dispone de datos económicos respecto de dicha persona, se
presentará cualquier documento que acredite los ingresos obtenidos en el
periodo de referencia. Excepcionalmente
podrá presentarse una declaración responsable de la persona interesada.
TABLA BONIFICACIONES 2017-2018
TABLA BONIFICACIONES 2017-2018
No hay comentarios:
Publicar un comentario